Rómulo León se entregó esta tarde a la justicia, aunque muchos creían que el ratón estaba escondido dentro o fuera del Perú y que jamás se capturaría, no obstante sucedió todo lo contrario. Como todo ciudadano merece que se lleve un proceso por el caso de los petroaudios, para luego determinar su inocencia o culpabilidad según sea el veredicto del Juez.
Según IDL el Poder Judicial y el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) deben ponerse firmes y tomar la medida de reclusión para Rómulo, porque no se puso a derecho desde el inicio por esto no deben acceder a su chantaje de respetar su libertad y darle comparecencia. Con respecto a la prisión dorada INPE lo debe clasificar preso como merece y no permitir visitas de sus amigos, porque podría alterar el proceso y las declaraciones.
Lo más preocupante es su defensa, ya que ayer se presentó su abogado Eduardo Roy en PrensaLibre basándose en que los audios son fuente ilícita, por ello carecen de valor y que sería inconstitucional(Cons. Art°2 inc.10) usarlos como lícitos. Además agregó que el "único" delito es la interceptación de comunicaciones por ende denunciaran a la persona u organización que fue violaron el derecho de su cliente. Sin embargo, el Tribunal Constitucional ya se pronunció afirmando que están consideradas como pruebas lícitas por ser de interés colectivo.
Fuente: Perú21
Según IDL el Poder Judicial y el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) deben ponerse firmes y tomar la medida de reclusión para Rómulo, porque no se puso a derecho desde el inicio por esto no deben acceder a su chantaje de respetar su libertad y darle comparecencia. Con respecto a la prisión dorada INPE lo debe clasificar preso como merece y no permitir visitas de sus amigos, porque podría alterar el proceso y las declaraciones.
Lo más preocupante es su defensa, ya que ayer se presentó su abogado Eduardo Roy en PrensaLibre basándose en que los audios son fuente ilícita, por ello carecen de valor y que sería inconstitucional(Cons. Art°2 inc.10) usarlos como lícitos. Además agregó que el "único" delito es la interceptación de comunicaciones por ende denunciaran a la persona u organización que fue violaron el derecho de su cliente. Sin embargo, el Tribunal Constitucional ya se pronunció afirmando que están consideradas como pruebas lícitas por ser de interés colectivo.
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